Aberración Jurídica

¿JUSTIFICAR DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS?

La concesión de días de asuntos propios es un derecho consolidado y protegido por diversas normativas, ninguna de las cuales exige justificar el motivo de su solicitud. Esta práctica puede interpretarse como una vulneración de los derechos del personal militar. La Constitución Española, en su artículo 18, protege el derecho a la intimidad personal y familiar, lo que incluye la privacidad en la gestión de los días de asuntos propios. Solicitar una justificación para estos días puede considerarse una intromisión ilegítima en la vida privada del militar, violando este derecho constitucional.
¿JUSTIFICAR DÍAS DE ASUNTOS PROPIOS?
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¿Es razonable que, para disfrutar de un permiso regulado, deba informar a mi jefe que voy a llevar a mis hijos a ver a sus abuelos? Evidentemente no. No solo no es lógico, es absolutamente ilegal. La verdadera pregunta es: ¿qué subyace en la pretensión de obligarte a exponer tu vida privada a cambio de la concesión de un permiso? Alguien podría pensar que se trata de una maniobra destinada a entorpecer fraudulentamente el disfrute de un derecho. Cuando una autoridad adopta una resolución arbitraria en un asunto administrativo o judicial, con plena conciencia de que dicha resolución es injusta, se llama prevaricación.

Solicitar justificación para los días de asuntos propios no solo carece de base legal, sino que también vulnera derechos fundamentales. Los jefes que exijan esta justificación están actuando fuera del marco legal y contraviniendo principios básicos de privacidad y respeto a los derechos del personal militar.

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